El Día Universal del Niño es un día consagrado a la fraternidad y a la comprensión entre los niños del mundo y destinado a actividades para la promoción del bienestar y de los derechos infantiles.

La idea de celebrar este día nació de la Unión Internacional de Protección a la Infancia, una institución que en 1952 planteó la necesidad de una fecha dedicada a los más pequeños del mundo.

En 1954, la Asamblea General de las Naciones Unidas recomendó que se instituyera en todos los países un Día Universal del Niño y sugirió a los gobiernos estatales que celebraran dicho Día, en la fecha que cada uno de ellos estimara conveniente. La ONU lo celebra el 20 de noviembre, en conmemoración a la aprobación de la Declaración de los Derechos del Niño en 1959 y de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989.

dia mundial de los derechos del niño

Actualmente hay millones de niños afectados por pobreza, guerras y desastres naturales que nos recuerdan a diario lo vulnerable que es la infancia

A pesar de ello, se han logrado algunos avances relevantes. Por ejemplo, la mortalidad infantil bajó en 2012 a unos 6,6 millones, casi la mitad de las registradas en 1990. La tendencia es positiva, pero se puede hacer mucho más.

En septiembre de 2000, durante la Cumbre del Milenio, los líderes mundiales elaboraron los ocho objetivos de desarrollo del Milenio (ODM), que incluyen la reducción a la mitad de la pobreza extrema, detener la propagación del VIH/SIDA y que la enseñanza primaria sea universal para el 2015. Aunque los ODM están dirigidos a toda la humanidad, seis de ellos incumben de forma directa a la infancia y los otros dos también contribuirán a mejorar las vidas de los niños y niñas.

¿Por qué el Día del Niño?

La creación de un Día del Niño por parte de las Naciones Unidas tiene el propósito de atraer la atención hacia un tema importante: el bienestar de los niños de todo el mundo.
Las Naciones Unidas ha considerado que “no podrían cumplir sus obligaciones referentes a las generaciones futuras sin intensificar sus esfuerzos en favor de los niños del mundo, quienes son futuros ciudadanos, y que una celebración mundial del Día del Niño contribuiría a la solidaridad de la humanidad y a la cooperación internacional”.
Cada año, el 20 de noviembre nos recuerda que “la humanidad le debe dar a los niños lo mejor que les puede dar”.

Los Derechos del Niño

Artículo 1º El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Artículo 2º El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente de forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.
Artículo 3º El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Artículo 4º El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Artículo 5º El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Artículo 6º El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Artículo 7º El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
Artículo 8º El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Artículo 9º El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata y no deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Artículo 10º El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

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